Toluca, Méx. El Poder Legislativo analiza una iniciativa para reformar el Código Civil y que los padres elijan el orden de los apellidos a su gusto.
Durante el análisis de la iniciativa, en la reunión de trabajo de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, se precisó que busca permitir que los progenitores elijan libremente.
Si bien, se priorizará el acuerdo de las partes, en caso de no tener consenso el oficial del registro civil colocará primero el apellido de la madre.

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Además, para garantizar los derechos de quienes no se identifican como hombres o mujeres, inició el análisis de una iniciativa del Poder Ejecutivo para actualizar la legislación e impulsar el reconocimiento de la identidad de género no binaria en el Registro Civil.
Hoy el cambio de género a no binario se da sólo por sentencia judicial y el trámite tarda entre 6 meses y un año, ante ello, Sonia Janeth Cruz Miranda, directora general del Registro Civil mexiquense señaló que resulta indispensable reformar el Código Civil para permitir que las personas mayores de 18 años puedan solicitar el trámite ante las 277 Oficialías existentes en la entidad y lo puedan concretar en el mismo día en que se ingresa la solicitud.
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Recordó que este paso complementaría la reforma de 2021 en materia de reconocimiento de identidad de género, en donde se reformó el Código Civil para avalar el cambio de género, de hombre a mujer y viceversa, informando que se han registrado mil 408 cambios: solicitado cambio de género de hombre 816 personas y mujer 592, precisando que tan sólo en 2025 se reportan 255 modificaciones.
Se han presentado varias solicitudes donde se busca el reconocimiento de la identidad de género no binaria a través de un trámite administrativo, peor hoy no lo permite la ley más que por sentencia judicial, con la propuesta se busca visibilizar este grupo social para garantizar sus derechos, los cuales se han visto vulnerados por la falta de regulación legislativa”, comentó.
Y como tercer punto, la propuesta busca establecer como requisito para contraer matrimonio, en caso de estarlo, hacer del conocimiento del cónyuge que se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios.
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