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Toluca, Méx. El Congreso del Estado de México aprobó una reforma a la Ley de Ingresos Municipal que permite a los ayuntamientos ofrecer descuentos a los contribuyentes que paguen de manera puntual sus impuestos, así como a los grupos vulnerables, en los pagos de agua y predial.
La medida busca incentivar el cumplimiento fiscal y apoyar a aquellos que enfrentan una situación económica difícil y favorecer a quienes se encuentren al corriente con sus pagos y a las personas de sectores más desfavorecidos.
Con esta reforma, a partir del 2025, el pago anticipado del impuesto predial otorgará bonificaciones.
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Los contribuyentes que realicen el pago anual en una sola exhibición durante los primeros tres meses del año recibirán descuentos del 8% en enero, 6% en febrero y 4% en marzo.
Se busca fomentar la recaudación anticipada y aliviar la carga financiera de las familias mexiquenses, especialmente aquellas que han cumplido con sus obligaciones fiscales en años anteriores.
Además, aquellos ciudadanos que hayan cumplido con sus pagos en los plazos establecidos en los dos últimos años recibirán un incentivo adicional, lo que representa una bonificación extra por su puntualidad.
En enero, los contribuyentes recibirán un 8% adicional, mientras que en febrero el descuento será del 6% y en marzo del 2%.
Este estímulo extra no solo premia la responsabilidad fiscal, sino que también tiene como objetivo garantizar una mayor estabilidad financiera en los municipios para la ejecución de proyectos públicos.
En cuanto al pago de agua potable, la medida también busca incentivar los pagos anticipados. Los contribuyentes que paguen en los primeros tres meses del año recibirán una bonificación del 8% en enero, 6% en febrero y 4% en marzo, siempre y cuando el pago sea realizado en una sola exhibición.
Aquellos que hayan cumplido puntualmente en los últimos dos años recibirán un estímulo adicional: un 4% en enero y un 2% en febrero.
Esta medida aplicará tanto para usuarios de agua sin medidor como para aquellos con medidor, quienes deberán pagar con base en el promedio de consumo del año anterior.
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Es importante señalar que, en el caso de los usuarios con medidor, al finalizar el sexto bimestre, se determinará el total de metros cúbicos consumidos y si la cifra es superior a lo pagado de manera anualizada, el contribuyente deberá abonar la diferencia dentro de los primeros 17 días posteriores a la notificación. Si la diferencia es a favor del contribuyente, el excedente será compensado con el pago del siguiente ejercicio fiscal.
Otra de las principales novedades de esta reforma es que los grupos vulnerables, como pensionados, jubilados, personas en situación de orfandad, menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas, madres y padres solteros, así como aquellos con ingresos limitados o que hayan sido liberados por amnistía estatal.
Ellos podrán recibir una bonificación de hasta el 34% en el pago tanto del impuesto predial como del servicio de agua. Este beneficio tiene como fin garantizar que los sectores más desfavorecidos puedan acceder a estos servicios esenciales sin que su situación económica represente un obstáculo.
Descuentos aprobados para contribuyentes cumplidos y grupos vulnerables
Porcentaje de descuento en predial:
- 8% en enero
- 6% en febrero
- 4% en marzo
Bonificación adicional para contribuyentes cumplidos (últimos 2 años):
- 8% en enero
- 6% en febrero
- 2% en marzo
Descuento en agua potable:
- 8% en enero
- 6% en febrero
- 4% en marzo
Bonificación adicional para contribuyentes cumplidos en agua:
- 4% en enero
- 2% en febrero
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