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Toluca, Méx.- En respuesta a los recientes actos de maltrato animal suscitados en la entidad, el Ejecutivo ha ingresado al Congreso Local una iniciativa para fortalecer la protección legal para los seres sintientes y establecer nuevas conductas delictivas y trabajo comunitario a quien abandone a un animal.
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Para ello, el gobierno ha propuesto reformar el Código Penal, el Código para la Biodiversidad y la Ley de Justicia Cívica, todos del Estado de México, para referir en el artículo 235 Bis que a quien cometa el delito de maltrato animal se le impondrá una pena de 1 a 4 años de prisión y de 300 a 500 días multa y en su caso, se le sujetará a la evaluación y tratamiento médico y psicológico respectivo.
Nuevas conductas delictivas
Entre los nuevos planteamientos se encuentra considerar maltrato animal:
- A quien tenga en hacinamiento a dos o más animales, sin proporcionarles la alimentación y cuidados necesarios para su desarrollo
- A quien deje, desatienda, desampare o descuide en la vía pública a un animal
- Se tipifican como delitos la cría, entrenamiento, compra o venta de perros con el propósito de hacerlos participar en peleas
- Organización, promoción o patrocinio de estas, estableciendo penas de 2 a 4 años de prisión y de 500 a mil días de multa.
Por otro lado, se agravarán las penas del delito de robo si se realiza el apoderamiento de un animal con violencia o si se causan lesiones o la muerte al animal durante el robo, o cuando la conducta se cometa aprovechando la confianza depositada en él o los autores.
A la par, se incorpora el artículo 235 para establecer una pena máxima de 8 años de prisión de mil días multa a quien críe, comercialice, procese, distribuya, comercialice o facilite carne de perros o gatos para consumo humano.
La pena aumentará hasta en una mitad cuando el responsable oculte la naturaleza del producto, haciéndolo pasar por carne de especies destinadas al consumo humano”, precisa la iniciativa.
precisa la iniciativa
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Trabajo comunitario
La propuesta de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez también contempla modificaciones a la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios, para establecer que a quien mantenga a un animal aislado o amarrado en azoteas o lugares expuestos a la intemperie, ruidos excesivos o a vibraciones, así como mantenerlos en cuartos oscuros, en condiciones de hacinamiento, sin proporcionarles la alimentación, atención médica veterinaria oportuna o los cuidados necesarios se le impondrá la realización de 24 a 36 horas de trabajo en favor de la comunidad.
Entre las labores se encuentra cuidar, mantener, atender o dar aportaciones en centros de control animal públicos o privados, refugios, albergues o asociaciones legalmente constituidas.
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