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Toluca, Méx. - Para procurar a los animales de compañía atenciones básicas como alimentación, resguardo y atención médica veterinaria e incentivar a dueños responsables, se ha propuesto crear un Certificado de Identificación de Seres Sintientes para dar seguimiento a los animales comprados o adoptados.
Con este planteamiento de la bancada del Partido Verde Ecologista de México en la Legislatura local, también se busca que las autoridades conozcan los datos generales y antecedentes médicos de cualquier perro o gato que deambule por la calle, para ayudarles a regresar a su hogar en caso de extravío.
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En el Estado de México se indica que son cerca de 2.5 millones entre perros y gatos que se encuentran en situación de calle, siendo Ecatepec, Nezahualcóyotl, Toluca, Naucalpan, Chimalhuacán, Tlalnepantla, Cuautitlán Izcalli, Tecámac, Ixtapaluca y Atizapán de Zaragoza los municipios con mayor número de animales en busca de comida y refugio en calles.
La apuesta de la bancada será reformar los artículos 6.8 fracción V y 6.32 del Código para la Biodiversidad del Estado de México para establecer que el Certificado de Identificación de Seres Sintientes será expedido por los establecimientos que se dediquen a venta y/o crianza de animales, asociaciones civiles y protectores independientes que den animales en adopción, centros de control y bienestar animal de los ayuntamientos, o cualquier otro giro que dé en adopción o venda cualquier animal doméstico.
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Se indica que le corresponderá a la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible dar seguimiento a esta acción y llevar el control de datos del padrón de animales con la información que se recabe.
¿Qué datos contendrá el certificado?
Este documento deberá contener la especie y raza de que se trate: sexo y edad del animal; características (color, tamaño y rasgo distintivo); fotografías de perfil y de frente del animal; historia clínica veterinaria (inmunizaciones, desparasitaciones y esterilización); nombre y número de cédula profesional del médico veterinario que expidió la historia clínica; nombre del propietario y su domicilio; fecha de registro; además de folio único para cada ser sintiente.
Asimismo, se estipula que el giro que expida el Certificado está obligado a otorgar al propietario (adoptante o comprador) un manual de cuidado, albergue y dieta del animal adquirido que incluya los riesgos ambientales de su liberación al medio natural o urbano y las faltas a las que están sujetos por el incumplimiento de las disposiciones del presente Libro.
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