Toluca, Méx. El Congreso del Estado de México aprobó por unanimidad establecer la tala clandestina como delito grave, imponiendo de 20 y hasta 110 años de prisión a quien degrade los bosques.
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Con ello, se establece en el artículo 229 del Código Penal que a quien sin autorización legal realice, auxilie, coopere, consienta o participe en la transportación, almacenamiento, distribución, procesamiento, comercialización o destrucción de productos de los montes o bosques cualquiera que sea su régimen de propiedad, tenencia o posesión de la tierra, se le aplicarán de 10 a 20 años de prisión y de mil a mil 500 días multa.
Pero también se avalan agravantes con las cuales la pena podría superar los 100 años de cárcel:
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