Toluca, Méx. Para sancionar conductas que vulneran y laceran el orden social, el diputado local de Morena, Octavio Martínez Vargas, presentará una iniciativa para reformar el Código Penal del Estado y tipificar el despojo.
El legislador indicó que se propone considerar al despojo como un delito grave, aumentar las penalidades cuando el delito se cometa contra personas adultas mayores o se lleve a cabo con violencia, engaños o mediante fraude, y reducir los plazos para restituir la posesión del bien que fue objeto de despojo.
Este delito ha incrementado de manera significativa. En el Estado de México se presentan alrededor de 450 denuncias por mes. En el caso de Ecatepec, hay una unidad que se llama Héroes 1ª Sección que tiene mil 700 viviendas, de las cuales el 40% han sido despojadas por un grupo delictuoso”, refirió en entrevista.

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¿Qué contiene la propuesta?
A raíz de lo acontecido en Chalco, propondrá en la sesión plenaria de este miércoles incorporar el artículo 308 bis, para que se aplique una pena de 5 a 10 años de prisión cuando el despojo ocurra: en contra de una persona adulta mayor, o con violencia física, con rompimiento de cerraduras, forzado de puertas o mediante actos de intimidación.
También se sancionará cuando ocurra de forma clandestina, aprovechando la ausencia del poseedor o propietario legítimo; cuando la ocupación se realice con engaño o abuso de confianza; o cuando se utilice la fuerza pública sin orden judicial válida o con documentos apócrifos.
A la par, se agrega el artículo 308 ter, para establecer que cuando se inicie un proceso penal por el delito de despojo y el denunciante acredite mediante inscripción registral vigente que es propietario o poseedor legítimo del bien inmueble, el Ministerio Público deberá solicitar al juez de control, en un plazo no mayor a 24 horas, la restitución inmediata y provisional de la posesión, sin agotar juicio civil ni esperar sentencia definitiva.
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Retención de cuotas
Por otra parte, se propone incorporar al artículo 340 que comete el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades la persona servidora pública que, al tener a su cargo la administración de cuotas de seguridad social de los trabajadores al servicio del Estado, municipios o de órganos constitucionales autónomos, no cumpla con la obligación de enterarlas al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios (ISSEMyM). Esta persona será acreedora a una sanción de 6 meses a 12 años de prisión, de 30 a 150 días multa, y la destitución e inhabilitación que corresponda.
También se plantea sancionar el uso de adhesivos alusivos a organizaciones sociales o partidos políticos en vehículos para evadir obligaciones fiscales y administrativas, como el uso de placas de circulación, la verificación vehicular o el pago de la tenencia vehicular. Se impondrá una pena de uno a tres años de prisión y una multa de cinco Unidades de Medida y Actualización, equivalente a 566 pesos.
Tipificar la conducta mencionada contribuye a demostrar que la ley es igual para todas las personas y que su aplicación no conoce de privilegios de ningún tipo, sino que es uniforme y sin distinciones, bajo la premisa de restaurar la confianza ciudadana en las instituciones”, se expone.
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