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Toluca, Méx. El Ejecutivo presentó una iniciativa al Congreso Local para eliminar del Código Penal del Estado de México la pena vitalicia y establecer como pena máxima 70 años de prisión.
Con ello, plantea reconsiderar los parámetros mínimos y máximos de algunas de las conductas tipificadas en el Código Penal, tales como el homicidio calificado o múltiple; cuando con motivo de un robo se causare la muerte de la persona y extorsión, dichas penas pasarían de un parámetro de 40 a 70 años o prisión vitalicia a un rango de 25 a 55 años de cárcel.
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Lo que se busca es garantizar la proporcionalidad de las penas y eliminar la prisión vitalicia, al implicar la privación perpetua de la libertad sin posibilidad de revisión o reducción de la pena, lo que anula por completo cualquier expectativa de reinserción y convierte la sanción en una medida puramente retributiva.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad de la pena, es necesario reconsiderar los parámetros mínimos y máximos de algunas de las conductas tipificadas en nuestro Código Penal, para poder ajustar a los parámetros y evitar considerarse inusitadas, siendo aquellas que han sido abolidas por inhumanas, crueles o desproporcionadas”, sustenta la iniciativa.
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Propuesta
Se plantea reformar el artículo 242 para establecer que, al responsable de homicidio calificado, se le impondrán de 25 a 55 años de prisión y de 700 a 5 mil días multa; mientras que al responsable de homicidio múltiple se le impondrán de 25 a 55 años de prisión y de 700 a 5 mil días multa.
A quien cometa extorsión se impondrán de 15 a 40 años de prisión y de 700 a 5 mil días multa, y cuando por motivo del delito de robo se causare la muerte, se impondrán de 25 a 55 años de prisión y de 700 a 5 mil días multa.
Es fundamental precisar que la reducción de las penas no implica en absoluto que se le reste importancia a la persecución de los delitos de alto impacto. Esta adecuación busca, en cambio, equilibrar la política criminal con los principios constitucionales y de seguridad jurídica, garantizando que las sanciones penales no solo sean efectivas en la disuasión y castigo de conductas ilícitas, sino también respetuosas del marco constitucional que exige proporcionalidad en la aplicación de las penas”, refiere el documento.
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