En el Estado de México se dio el primer paso para las mujeres para decidir sobre su cuerpo con la despenalización del aborto. Pero no nos confundamos. Si bien es un gran avance, no basta con ello. Tendrá que haber todavía mucho más por parte de las y los diputados, así como del Ejecutivo estatal para alcanzar lo óptimo en este tema.
Veamos por qué:
Concepto: La despenalización del aborto implica eliminar las sanciones penales establecidas en el Código Penal por la realización del aborto en determinadas circunstancias. No necesariamente lo convierte en un derecho o lo regula como un servicio médico accesible; simplemente evita que sea considerado un delito en ciertos casos.
En los derechos humanos la despenalización está relacionada con la eliminación de barreras legales que criminalizan a las mujeres y personas gestantes, garantizando su derecho a decidir sin temor a ser encarceladas o sancionadas.
En tanto, la interrupción legal del embarazo se refiere a la regulación específica de las condiciones en las que se puede interrumpir un embarazo de manera legal y segura dentro del sistema de salud. Suele estar limitada a un plazo gestacional y garantizar que las mujeres y personas gestantes tengan acceso a servicios médicos adecuados y gratuitos, en un marco legal definido.
En los derechos humanos se basa en el derecho a la salud, a la autonomía reproductiva, y a la no discriminación, ya que establece un acceso efectivo a servicios seguros.
La despenalización del aborto en el ámbito legal implica la reforma del código penal estatal para eliminar la criminalización del aborto. En el alcance puede limitarse a casos específicos (e.g., violación, riesgo para la vida de la madre) o extenderse a cualquier circunstancia. Su impacto social es trascendental pues reduce la persecución y encarcelamiento de mujeres y personas gestantes, pero no necesariamente garantiza acceso a servicios médicos seguros.
En el caso de la Interrupción Legal del Embarazo debe haber regulación sanitaria en términos de plazos gestacionales (en México, generalmente hasta las 12 semanas) y garantiza el acceso a servicios médicos. Debe haber un acceso efectivo que se enfoca en proveer procedimientos médicos seguros y gratuitos en instituciones de salud pública.
En materia de protección jurídica garantizará que la interrupción se realice sin repercusiones legales para las personas gestantes ni los profesionales de la salud. Mientras que en perspectiva de género considera la desigualdad estructural que enfrentan las mujeres y personas gestantes, promoviendo políticas que reduzcan estas brechas.
En un marco de derecho constitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que la criminalización absoluta del aborto viola los derechos a la igualdad, a la salud, y a la autonomía reproductiva, lo que refuerza la importancia de la interrupción legal del embarazo como política pública. Así que todavía tienen mucho por hacer las y los legisladores y el gobierno estatal. Ojalá no tarden.
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