En diversos puntos del país, así como en el Estado de México, sobre todo en aquellos municipios que integran el Valle de Toluca y los que se ubican en la periferia de la Ciudad de México se han vuelto una constante los cierres viales debido a manifestaciones por parte de integrantes de la ciudadanía y de organizaciones.
Ante estos movimientos que generan malestar entre gran parte de la sociedad mexicana, vale la pena resolver el cuestionamiento ¿estas acciones están amparadas por la ley?
Si bien, dentro de nuestra Carta Magna no se encuentra ningún artículo que señale puntualmente que es un derecho de las y los mexicanos poder manifestarnos públicamente, en la Constitución Mexicana se mencionan un par de derechos humanos que promueven esta acción.
El primero de los derechos humanos a los que se hace referencia es el que establece el derecho a la libertad de expresión y que se relaciona de manera inequívoca a la manifestación de ideas y que se encuentra en el Artículo 6to. Constitucional que menciona: “La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público…”
A partir de la lectura de este artículo, nos damos cuenta de la coexistencia pacífica que debe promoverse entre el derecho a plantear nuestras quejas e ideas públicamente sin que esto vaya en detrimento de terceras personas.
Por otra parte, en el Artículo 9 constitucional nos habla de la libertad para congregarnos por una idea o expresión común: “No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito... No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto o una autoridad...”
Ante estos 2 artículos asentados en nuestra Constitución, la ley fundamental de nuestro país, podemos observar que como ciudadanos podemos reunirnos para mostrar nuestra inconformidad ante alguna situación en particular. Sin embargo, pese a esta libertad, en el que todos tenemos el derecho de expresarnos, manifestarnos y transitar libremente, no podemos hacer efectivo este derecho si este llega a impactar de manera negativa en el trabajo, patrimonio o libertad de quienes nos rodean.
Esta forma de expresión sin afectación es refrendada por la organización Amnistía Internacional que hace el señalamiento de que “el derecho a la protesta requiere también que quienes organizan una manifestación y participan en ella tengan una oportunidad real de transmitir de forma pacífica su mensaje al público al que va dirigido. Por lo tanto, es importante respetar la forma, el momento y el lugar de celebración de una protesta”.
Es momento de que la ciudadanía y las autoridades de los tres niveles de gobierno construyan vías de comunicación más efectivas para la resolución de conflictos, problemáticas y demandas sin afectar el libre tránsito del resto de las personas.
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