
La decisión del alcalde de Texcoco, Nazario Gutiérrez, de notificar a los artistas sobre la prohibición de interpretar canciones que promuevan la violencia, es un paso firme en la búsqueda de espacios públicos más seguros y conscientes. La cultura, en especial la musical, no puede desligarse del contexto social en el que se desarrolla, y es responsabilidad de las autoridades locales marcar límites cuando los contenidos pueden incidir negativamente en la convivencia o enaltecer dinámicas delictivas. Sin embargo, este tipo de medidas también revela un desafío mayor: la tensión entre la libertad artística y el deber del Estado de garantizar la paz pública. El episodio con Luis R. Conriquez pone en evidencia cómo ciertos géneros, como los corridos bélicos, han ganado arraigo en sectores del público, lo que obliga a abrir un debate más profundo sobre el papel que juegan estas expresiones en la normalización de la violencia y hasta qué punto la censura es una solución eficaz o simplemente paliativa.

Los ojos en la UAEMéx
La intención de “democratizar” la elección del Rector en la UAEMéx, como propone el diputado Rigoberto Vargas Cervantes, parece loable en el discurso, pero debe analizarse con cautela. Si se toma como referencia lo ocurrido con el Poder Judicial, donde la supuesta democratización terminó traduciéndose en mayor control político y pérdida de autonomía, resulta legítimo preguntarse si esta reforma busca realmente abrir la participación o simplemente reconfigurar el poder a conveniencia de intereses externos. No se puede hablar de elección “libre, universal y democrática” cuando las iniciativas vienen impulsadas desde el Legislativo con claros tintes de injerencia. La autonomía universitaria no puede usarse como bandera retórica mientras se debilita desde dentro. Si lo que se pretende es una reforma auténtica, esta debe surgir desde la propia comunidad universitaria, con garantías reales de participación y sin presiones políticas disfrazadas de apertura democrática.
La explicación sobre Carlota “N”
Carlota “N” fue vinculada a proceso por el delito de homicidio calificado tras presuntamente haber disparado contra dos personas, y deberá enfrentar su proceso legal en prisión preventiva dentro del penal de Chalco. La jueza encargada del caso rechazó la solicitud de arraigo domiciliario al considerar que no se reúnen las condiciones necesarias para catalogarla como una persona vulnerable, lo que habría permitido una medida cautelar menos restrictiva. La determinación judicial se basó en que Carlota actuó de manera autónoma al trasladarse hasta el domicilio de su hija, tomar un arma de fuego y disparar contra las víctimas, presuntamente invasores de un predio. Dado que no requirió asistencia para ejecutar dichas acciones, la jueza concluyó que su capacidad física y mental era suficiente como para descartar una condición de vulnerabilidad, por lo que deberá permanecer privada de la libertad mientras avanza el proceso en su contra.
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