En el Estado de México cada dos horas se registra una denuncia por despojo, pues lamentablemente ese delito ha incrementado, y tan solo entre enero y febrero del 2025 se iniciaron 861 carpetas de investigación, contra 804 del 2024.
Además, en seis años ese ilícito se disparó en un 68%, pues en los mismos meses del año 2019 apenas había 512 denuncias.
Adicional al incremento de despojos, los procesos judiciales tanto en materia civil, como penal son largos, costosos e ineficientes para restituir la propiedad de los bienes, lo cual afecta a las personas, y quienes cometen esos delitos se aprovechan de los vacíos legales y de la lentitud de la respuesta de la Fiscalía y del Poder Judicial para perpetuar su control ilegítimo, y la consecuencia es la impunidad total.
Por ello, para combatir este delito que afecta a las familias en la entidad y para garantizar que las y los mexiquenses tengan el derecho sobre sus propiedades he propuesto una iniciativa para modificar el Código Penal del Estado de México, a efecto de considerar el despojo como un delito grave.
También propongo aumentar la penalidades cuando los despojos se cometan contra personas adultas mayores o se realicen con violencia, engaños o fraude.
Un aspecto fundamental es buscar la reducción de plazos para restituir la posesión del bien, objeto del despojo, cuando se compruebe, mediante una inscripción registral, que la víctima ostenta legítimamente la propiedad o posesión del inmueble.
Esto permitiría garantizar una respuesta expedita y eficaz por parte del Estado, pues la iniciativa busca sancionar el despojo con penas de 5 a 10 años de prisión, cuando se cometa contra personas adultas mayores, con violencia, clandestinamente -al aprovechar la ausencia del poseedor propietario-, con engaños, abuso de confianza o haciendo uso legítimo de la fuerza pública, sin una orden judicial válida o con documentos apócrifos.
Mi propuesta implica que el Ministerio Público tendría que solicitar al juez de control, en un plazo no mayor a 24 horas, la restitución inmediata de la posesión, sin necesidad de agotar un juicio civil, ni esperar sentencia definitiva.
La autoridad juzgadora tendría que resolver en máximo 48 horas y podría autorizar el uso de la fuerza pública para ejecutar la restitución, salvo que la persona imputada acreditara un derecho real o posesión legítima, e incluso, mi iniciativa busca que si el Ministerio Público se niega a promover esta medida sea sancionado conforme a la Ley de Responsabilidades Administrativas de la entidad.
Además, la restitución tendría que ejecutarse en un plazo máximo de 48 horas con auxilio de la fuerza pública, salvo que la persona imputada acreditara, a través de algún documento, la posesión legítima.
Los despojos deben sancionarse porque atentan directamente contra el derecho de las personas a la propiedad privada y afectan el orden y la sociedad.
El delito ya está tipificado en el Código Penal, pero la redacción vigente no atiende la realidad social actual, pues no abarca todas las formas en que se puede consumar, ni considera que algunos grupos sociales se encuentran en mayor vulnerabilidad y están expuestos a ser víctimas de prácticas abusivas para privarlos de sus pertenencias.
Por ello, he presentado esta iniciativa y buscaré que sea discutida en comisiones y se apruebe para proteger a la ciudadanía de personas abusivas que despojan a otras de sus propiedades.
El objetivo es cero impunidad y mano dura contra las y los delincuentes para evitar que estos delitos se sigan registrando.
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