En apenas dos años, el Poder Judicial en México pasó de ser campo de batalla entre los pulsos políticos del momento, a convertirse en objeto de pugna ideológica; de árbitro político a jugador.

Durante este período, jueces, magistrados y ministros, convertidos en oposición, dirigieron sus esfuerzos a detener la propuesta de reforma impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. Los resultados de las elecciones federales de este año a favor del segundo piso de la Cuarta Transformación hicieron impostergable la reforma judicial y hoy se discuten sus términos, en un hecho inédito por su dimensión y alcances.

Publicado el 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, el decreto de reforma a la Constitución federal en materia del Poder Judicial otorgó a las entidades federativas un plazo de 180 días naturales para adecuar sus constituciones locales a las disposiciones recientemente aprobadas.

Bajo este contexto, el Estado de México se convirtió en la cuarta entidad a nivel nacional en armonizar su legislación local con la del texto federal. Esta homologación del texto constitucional, requirió que la Carta Magna del Estado de México fuera modificada en 34 de sus artículos, sin contar los transitorios.

El éxito de la reforma dependerá precisamente de esta adaptación individual, ya que cada entidad enfrenta realidades diferentes, y lo que resulta conveniente para Michoacán y Durango puede no serlo para el Estado de México,lo cual justifica hablar sobre los matices que distinguen a nuestro estado en esta nueva etapa.

En primer lugar, destaca la colaboración interinstitucional que vivimos actualmente entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en el Estado de Méxicola cual ha facilitado una plataforma común para la toma de decisiones.

Respecto a los órganos de nueva creación destaca el Tribunal de Disciplina Judicial que sustituirá al Consejo de la Judicatura local, el cual será el encargado de evaluar el desempeño, sancionar las faltas y resolver los conflictos laborales dentro del Poder Judicial.

Otras instancias son el Órgano de Administración Judicial que tendrá la función de administrar, diseñar y supervisar los recursos; regular la carrera judicial y coordinar la capacitación profesional del personal judicial.

El Congreso mexiquense incluyó temas en materia de paridad de género, lineamientos para el desarrollo del proceso electoral, impedimentos para los cargos de elección popular, procedimientos para la designación de los integrantes del Órgano de Administración Judicial y designación de nuevas facultades en el Congreso local; asuntos clave y novedosos que deberán ser vigilados puntualmente.

Mención especial amerita la designación de presidente interino en el Tribunal Superior de Justicia. Un titular que habrá de estrenar su cargo con premura, pues si bien los estados cuentan con tiempo suficiente para realizar ajustes, la pronta salida del presidente actual, el magistrado Ricardo Sodi Cuéllar, ha impuesto la obligación de elegir un sucesor el próximo 7 de enero de 2025.

Ante el talante de la reforma al Poder Judicial conviene no dar espacios a la duda. Por ello es relevante enfatizar que en el Estado de México no se va a separar del cargo y no será necesario despedir a nadie para cubrir las plazas llevadas a votación.

Esto es, las únicas plazas sometidas a voto serán vacantes, conclusiones de periodo y solicitudes de prejubilación y jubilaciones.

En fin, ya sea en términos jurídicos o en opinión pública, los modos actuales del poder Judicial ya viven de tiempo prestado; ahora sólo queda esperar la conclusión y tránsito de estas modificaciones a partir del siguiente año. Queda esperar una transformación más allá de desmantelamiento del Poder Judicial.

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