El pasado 15 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Poder Judicial. El proceso del cómo se consigue obtener el voto faltante al bloque oficialista arrebató la atención pública por la forma y desplazó el análisis que esperábamos nos mostrara el fondo.

Era ahí, en el Congreso de la Unión donde se tenía fundamentalmente la obligación de -al menos- generar un debate que permitiera a la ciudadanía, equilibrar y racionalizar una postura, esa era su responsabilidad, en la máxima de que solo el poder, frena al poder.

Así pues, prevalecen las interrogantes, para acceder o mantener el Estado de derecho ¿conviene politizar a los juzgadores al hacerlos elegibles por voto popular?, ¿se tienen los elementos para que la ciudadanía elija con claridad a los juzgadores? Porque cuando hablamos de un juzgador, hablamos del actor central de la impartición de justicia y en las implicaciones que sus resoluciones tienen para la sociedad. Sin embargo, la falta de justicia se traduce en impunidad y, donde hay impunidad, reinará la violencia.

El acto de violencia que es realizado para someter a una persona que no tiene la capacidad de responder proporcionalmente, pero que tampoco puede recurrir al Estado como protector, generará un sometimiento al mediano plazo; conceptualizado por Claudio Lomnitz como “reciprocidad negativa asimétrica”. En México este fenómeno se materializa en la no denuncia, del 94% de los delitos cometidos, y se acentúa en que menos del 1% de los delitos denunciados, son resueltos.

La seguridad, como concepto, emana del latín securitas, referido al cuidado y procuración, el cual debe traducirse como “sin temor a preocuparse”. De acuerdo a los datos del tamaño de impunidad y violencia estructural que se vive en nuestro país, todos seremos contabilizados tarde o temprano entre las millones de víctimas.

Las opiniones rotundas y los discursos alarmistas, develaron un guión limitado de argumentos; si bien, el bloque opositor ya no tendrá un papel legislativo decisor, debe profundizar en su valía para ser una expresión que obligue a la deliberación y develación de las raíces estructurales que alumbra el cambio de régimen en el sistema político mexicano.

En las leyes secundarias, radica la posibilidad de que la Reforma Judicial colabore con las víctimas, academia y organizaciones de la sociedad civil que, entre su experiencia, metodología y conocimiento del sistema judicial, y la revictimización que en innumerables casos ha nacido en los ministerios públicos y fiscalías, traduzca las tan sentidas demandas. La justicia restaurativa como proceso de compensación del daño a víctimas y la justicia cívica como alternativa para

despresurizar a la autoridad judicial, deben ser ponderadas en el análisis legislativo subsecuente.

La voz de juzgadores con honestidad y eficiencia probada debe ser escuchada, el sistema de carrera judicial valorado y el mérito en el servicio público respaldado; quienes enmarquen estas virtudes, deberían tener garantizada su permanencia, por la profesionalización que demanda el sistema judicial y sobre todo, por la seguridad de las víctimas.

Los mexicanos merecemos que todos los gobernantes y representantes de partidos políticos sean serios, articulados e inteligentes. Si los partidos de oposición ya no inciden en la agenda gubernamental, deben esforzarse para consolidar argumentos que representen la agenda pública.

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