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Toluca, Méx. Con su publicación en Gaceta de Gobierno, a partir de este 4 de abril entra en vigor el decreto 101, con el cual se considera la tala clandestina como delito grave dentro del Código Penal del Estado de México.
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Quien cometa, consienta, coopere o sea partícipe de este delito se le aplicarán de 10 a 20 años de prisión y de mil a mil 500 días multa.
Pero de incitar a menores de edad o adultos mayores para cometer este delito; cuando se cometa en áreas naturales protegidas, con violencia o mediante el uso de armas prohibidas, o bien, se afecten zonas de preservación ecológica, la pena de cárcel pudiera llegar hasta los 110 años de prisión.

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De acuerdo con el documento publicado, durante 2022 en la entidad se registró la pérdida de mil 310 hectáreas de bosques maderables por causa de la tala ilegal, siendo los principales municipios afectados: Lerma, Ocoyoacac, Zinacantepec, Huixquilucan, Jilotzingo, Joquicingo, Xonacatlán, Atlautla, Amecameca, Ecatzingo, Villa Guerrero, Tianguistenco, Texcaltitlán, Tenango del Valle, Villa de Allende, Ocuilan, Calimaya, Temascaltepec, Villa del Carbón, Texcoco y Donato Guerra.

Situación que llevó al Ejecutivo plantear agravar las penas para quien cometa este delito para inhibir la conducta.
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